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Antiguo 17-11-2015, 12:14
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Capitán pirata
 
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Predeterminado tasa de ayudas a la navegación

Buenas...por decir algo,
Nos acaban de cobrar la famosa tasa de ayudas a la navegación por parte del RCNV.
"Le remitimos este e-mail para proporcionarle adjunto la factura B 15/....., correspondiente a la tasa de ayudas a la navegación 2015 de la embarcación B......
Ponemos en su conocimiento que la Autoridad Portuaria de Valencia exige al RCNV la gestión del cobro de esta tasa, y que el importe a pagar es de 9,12 euros/m2/año, en aplicación del RDL 1/2014 de 24 de enero, de reforma en materia de infraestructuras y transportes, y otras medidas económicas, en el cual se modifica el TR de la Ley de Puertos del Estado y la Marina Mercante, aprobado por el RDL 2/2011 de 5 de septiembre, y, entre otros, su art. 240 que establece la cuota íntegra correspondiente a la Tasa de ayuda a la navegación, e indica que se ve incrementada con la cuota correspondiente al servicio de ayudas a la navegación prestado por la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (Cuota SASEMAR).

Le comunicamos que en breve recibirá su cargo en cuenta, por lo que le rogamos dé las órdenes oportunas a la entidad bancaria en la que se encuentran domiciliados sus recibos para que éste sea atendido."

La duda es si un barco de bandera extranjera, francesa, aunque con base en puerto español, no se puede negar, está obligado a pagar este impuesto, y a nada menos que 9.12 € m2, con lo que la tontería se va a 700 euros...
Me temo que el hecho de residir el barco en España obliga a pagarlo,
Sabéis algo más de este doloroso asunto?
Muchas gracias
Unas
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