Cita:
Originalmente publicado por Makoki II
es individual : Se trata de un documento único que permite a sus titulares pescar en los ríos, pantanos y lagos de las comunidades adheridas al convenio, sin necesidad de realizar trámites adicionales, excepto el permiso de pesca o coto pertinente en el caso de que fuera necesario.
Por lo que es para aguas interiores . esperemos que se adhieran más comunidades y amplien a aguas exteriores

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Leido el enlace, queda claro que es para aguas continentales, de las que tienen competencia exclusiva las autonomias, para aguas interiores no sirve, es mi parecer.