Cita:
Originalmente publicado por Alf_on
Pues teniendo en cuenta eso de;
Artículo 9. Prohibiciones
En el ejercicio de la pesca marítima de recreo desde embarcación se prohibe:
1. La utilización o tenencia a bordo de artes, aparejos, útiles o instrumentos propios de la pesca o marisqueo profesional distintos de los relacionados en el artículo anterior.
Y dado que una cosa es una sonda de las que solo indican la profundidad y otra muy distinta las sondas para pesca que son quizás la herramienta mas util de la pesca profesional y deportiva, como a menudo se dice aquí en este foro, no me parece ninguna tontería la pregunta de josepz.
Y si no es así y hoy por hoy no son ilegales su uso a los deportivos, tal y como está el patio no será nada raro que cualquier día las prohiban específicamente a los depor.
 
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Estais sacando las cosas de contexto.
Cual es el articulo anterior??