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Antiguo 25-01-2016, 10:09
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Jadarvi Jadarvi esta desconectado
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Predeterminado Re: Nueva normativa europea para los barcos de recreo

Esto responde a la nueva Directiva de la UE sobre embarcaciones de recreo, que ya se comentó por aquí pues fue publicada (si no me equivoco) en 2014. Es importante saber que en su desarrollo ha participado tanto la industria a través de asociaciones como ICOMIA o EBI (de la que ANEN forma parte) como los usuarios, representados esencialmente por EBA (de la que Anavre forma parte).

Ya cuando Anavre se incorporó a EBA en 2010 se hablaba de esta directiva en cada una de las Asambleas de primavera y otoño de EBA, y se trabajaba duramente en la formulación de propuestas tratando de coordinarnos lo mejor posible con los representantes de la industria.

La idea de la modificación de categorías de diseño tiene un doble motivo, en primer lugar, homologar los criterios europeos a los que siguen en otros lares y, en segundo lugar, porque se pensó que una calma chicha lo es a 1 milla o a 100 millas de la costa, y lo mismo un temporal, por lo que no parecía lógico delimitar las categorías de diseño en función de distancia de costa (como sí se hace con las zonas de navegación). Es decir, se optó por que la categoría de diseño indicase la resistencia teórica del barco y no atendiese a algo tan simple como una distancia a refugio.

Así, una cosa será la categoría de diseño (que te dice lo que aguanta tu barco) y otra la zona de navegación en la que decidas moverte (normalmente definida por la Administración en función de distancias a la costa y equipamiento de seguridad requerido para navegar en una u otra). Por ejemplo, con una categoría C, que antes podía equivaler a zona 3 (25 millas de la costa), podrías irte a navegar al quinto pino si llevas el equipamiento de seguridad requerido y con la titulación correspondiente, claro que si entra más rasca que la especificada en tu categoría de diseño, nadie te garantizará que el barco aguante. Pero eso te ocurrirá igualmente a dos millas de la costa ...

Por otra parte, esta Directiva es de gran importancia porque no sólo define categorías de navegación y aspectos estructurales de las embarcaciones, también entra en sistemas y métodos de fabricación, control de emisiones contaminantes en la fabricación de embarcaciones de recreo y motores marinos, control de emisiones de los propios motores, etc ...

En resumen, esta norma de obligado cumplimiento en toda la UE lo que hace es establecer unos estándares comunes de fabricación, calidades, emisiones contaminantes, etc ... regulando así la fabricación de las embarcaciones de recreo y definiendo claramente los derechos y obligaciones de usuarios y fabricantes en lo que a las cualidades del producto se refiere. Y, de paso, homologando dichos criterios a los existentes en otros lares, de modo que se tiende hacia un estándar de calidad establecido a nivel global ... otra cosa es serán los resultados que pueda dar, algo que tardaremos en ver puesto que tiene diversos períodos de carencia y no será totalmente implementada hasta 2020, eso suponiendo que no haya prórrogas.

salud!!!
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agb (26-01-2016), josanvall (25-01-2016), lopard (25-01-2016), mario147 (25-01-2016)