Ver mensaje
  #10  
Antiguo 28-01-2016, 08:47
Avatar de eborges_tfe
eborges_tfe eborges_tfe esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 27-06-2010
Localización: Canarias
Mensajes: 967
Agradecimientos que ha otorgado: 511
Recibió 742 Agradecimientos en 265 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Bandera Holandesa Conservando Española

Ahora vamos a dar el doble salto mortal con tirabuzón.

Usemos la imaginación.

1) Supongamos que el Sr. X ha abanderado en Holanda sin dar de baja la bandera española (ya sabemos que Holanda no le ha puesto inconveniente).

2) Supongamos que el Sr X decide luego dar de baja en Holanda y con ella dar de alta Belgica. Ahora t
iene en sus manos ambas banderas (España y Bélgica).

3) Supongamos ahora que el Sr X solicita baja en España presentando sólo solicitud y pagando las tasas (guardando copia sellada en registro de entrada). Al faltarde parte de la documentación requerida se la rechazan. Pero como la DGMM no se lo comunica, y el Sr X no va a recogerla a Capitanía, tras 45 días decide aplicarse el silencio administrativo y la asume tramitada.

A partir de ese momento, el Sr X navega con bandera belga.

¿Su responsabilidad legal está cubierta al tener la documentación que justifica el trámite de la baja española transcurridos 45 días?.

¿Cuando quiera volver a navegar con bandera española sólo necesitará tramitar la baja en Bélgica ya que oficialmente nunca ha causado baja en España?

Ya se que el Sr. X hace encaje de bolillos pero es sólo un ejercicio de imaginación. (Y conste que no es mi caso que navego felizmente con la belga desde hace ya tiempo)
__________________
"Si no sabes hacia donde se dirige tu barco, ningún viento te será favorable."
Citar y responder