Seguro de embarcaciones con bandera extranjeras:
El cambio de bandera en las embarcaciones con pabellón español lleva unos años en auge; los motivos principales son, por una parte, para evitar las elevadas cargas económicas por las obligaciones con la Ley española: ITB, revisiones equipo salvamento etc… y por otra porque el ámbito de navegación en algunas banderas es mundial y sin titulación exigida equiparable a la española. No obstante, respecto a tema de la titulación náutica desde el del 11 de enero de 2015, cuando entró en vigor el RD 875/2014 sobre titulaciones náuticas, los residentes en España deberán contar con titulación española o de su país de origen para poder gobernar un barco con bandera extranjera cuando naveguen por aguas soberanas españolas. Copio y pego articulo del RD: “1. Toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros Estados, que navegue por aguas en las que España ejerza soberanía, derechos … Leer más →
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