Buenas noches, de acuerdo con la legislación española, actualmente ni el certificado de navegabilidad, ni el permiso de navegación, hacen referencia a zona de navegación, solo hace referencia a la categoría de diseño del barco, y a la titulación del patrón con lo cual en teoría puedes navegar por cualquier zona cumpliendo los requisitos de seguridad,peeero....,la LEB si nos condiciona, y al ser obligatorio registrar en ella todos los equipos de comunicación y seguridad,vhf, radiobaliza, ais etc, en la LEB si especifica en base a eso en que zona está el barco autorizado a navegar, es una incongruencia más de nuestra legislación naútica.Otra cosa es la balsa, que sólo debes llevarla a bordo cuando estés en zona que la requiera, la puedes alquilar, te la pueden prestar, pero si la llevas ,revisada, si no multa al canto. Tan incongruente como que para pasar de Denia a Ibiza necesites zona 3, o sea balsa y radiobaliza, y para la navegación interinsular con más distancia en algunos trayectos, zona 4, sin balsa ni radiobaliza,país.

