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Antiguo 26-02-2016, 11:23
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Hermano de la costa
 
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Cita:
Originalmente publicado por Pepota Ver mensaje
Sancionar las infracciones de sus leyes y reglamentos.

Menos mal que navegar sin titulo no infringe ninguna ley ni reglamento.
Desde el momento que decides tergiversar la información a tu conveniencia, estás perdiendo cualquier credibilidad en este asunto y el debate pierde su interés y se va por otros derroteros.

En este caso estás sacando de contexto una frase para darle sentido a tu posición.

Repasa bien el texto:

SECCIÓN 4. ZONA CONTIGUA
Artículo 33
Zona contigua

1. En una zona contigua a su mar territorial, designada con el
nombre de zona contigua, el Estado ribereño podrá tomar las medidas de
fiscalización necesarias para:
a) Prevenir las infracciones de sus leyes y reglamentos aduaneros,
fiscales, de inmigración o sanitarios que se cometan en su territorio o en
su mar territorial;
b) Sancionar las infracciones de esas leyes y reglamentos
cometidas en su territorio o en su mar territorial.

¿A qué leyes y reglamentos se refiere en el apartado b?


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