Cita:
Originalmente publicado por Jadarvi
Ya, pero a la que sales del mar territorial (12 millas) ... el tema administrativo queda obviado .. otra cosa es que lleves tráfico de armas, drogas, etc ...
   salud!!!
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Si, es cierto, pero si vuelves a entrar (y te ven), te pueden sancionar (por que has salido). Rebuscado pero legal. Sin ánimo de polemizar

,
Ojo, que una cosa es lo que
pueden o no hacer los agentes de la autoridad (que son casi todos los que llevan pipa

, incluyendo Aduanas), y otra lo que
suelen hacer (o para lo que están dedicados).
Ejemplo: Policía Nacional, que sin tener explícitamente dentro de sus competencias los asuntos de tráfico, si te saltas un stop delante de ellos por poder, te pueden denunciar (otra cosa es que lo hagan).
Leo muchas veces que no pueden hacer (registros por ejemplo) o que no pueden denunciar.... pero que no lo hagan, no quiere decir que no puedan, sino que se dedican normalmente a otras cosas generalmente más sencillas de dirimir.
Ejemplo: Una patrullera de GC y dos embarcaciones a la vista, una embarcación de bandera española y otra holandesa, normalmente la inspección será sobre la española (más cosas a mirar... y menos interpretaciones a realizar) (lo denuncio o no lo denuncio...

).
Todo esto lógicamente gracias a unas leyes mal pensadas y peor redactadas que dejan muchos espacios "en blanco" y que pueden ser interpretadas de muchas formas, siendo finalmente la única interpretación válida la de un juez.
Un saludo.
