Cita:
Originalmente publicado por pinguino
Por tanto tengo la impresión de que el estado ha regulado esta cuestión "difusamente" a propósito para crear esta duda existencial y así forzarnos subliminalmente a la obtención no de de cualquier buen titulo, sea este cual sea, sino de aquellos que solo el estado acepta y por los cuales recauda.
Sin embargo parece que en la practica se limita a exigir esta titulación solo donde sabe que "tiene la batalla ganada en el caso de ciudadanos españoles" que es evidentemente el mar territorial.
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Buenas noches, cofrade:
Creo que esos dos párrafos de tu post anterior resumen perfectamente, no sólo la situación, sino los orígenes de esa situación: el propósito de la Administración - ya lo he dicho en este y otros hilos - es impedir en la medida de lo posible que los españoles naveguen con el PER o titulaciones inferiores fuera del límite de 12 millas, ámbito en el que la GC ejerce normalmente su capacidad sancionadora (en mi opinión, los PY y CY no les interesan, ya que tienen atribuciones superiores y se les escapan de todos modos).
El problema es que con la torpe redacción (yo creo que es eso, torpe) de la famosa disposición adicional 5ª, la Administración se ha metido en camisa de once varas, al hacer entrar de golpe y porrazo a una serie de casuísticas extrañas, teóricas o no (patrón de Lichtenstein residente en Villatobas, con título rumano y velero holandés navegando a 12,001 millas, por ejemplo

) para las que ni la propia Administración tiene respuesta coherente...
Buena idea la de preguntar a los que hayan resultado afectados por incidentes de este tipo.
Saludos y
