Aunque el propietario alemán tenga casa en España, a menos que pase aqui más de 183 dias al año, sigue sin ser residente español, y por tanto no ha estado obligado a pagar el IEDMT (salvo que lo pagara sin estar obligado o lo comprara ya con el IEDMT pagado)
Si tu (residente español) quieres usar esa embarcación quieres usar esa embarcación, se deberá liquidar el IEDMT.
Mejor consulta a alguna de las gestorias que se anuncian en la Taberna antes de meterte en problemas.
Cagilan, sin animo de molestar, creo que no estas bien informado como para asesorar en este tema, y el cofrade puede acabar con un expediente de la Agencia Tributaria.
