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Antiguo 19-03-2016, 12:15
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Jadarvi Jadarvi esta desconectado
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Predeterminado Re: Duda alquilar el barco para solo hospedaje.

Vayamos por partes:

La pregunta es si puedes utilizar un barco en lista 6ª de modo particular, la respuesta es afirmativa siempre y cuando tengas todos los impuestos pagados, especialmente el de matriculación, algo que se da por sentado y es evidente cuando pasas a lista sexta un barco que proviene de lista séptima.

Luego la pregunta del millón, para hacer "barco hotel" hay que pasar el barco a lista 6ª? La respuesta es que no lo sabe nadie, yo tengo en mi despacho un caso de un "barco hotel" (alquilado a través de air bnb) que se enfrenta a una petición de multa de 12.000 euros acusado de chárter ilegal ... el barco con suerte vale 6.000 y está en lista 7ª.

Lo cierto es que no hay una definición clara y legalmente indiscutible de lo que es el chárter náutico, y tampoco está claro que alquilar el barco como hospedaje sea chárter, pero también es cierto que no deja de ser un uso lucrativo del barco, lo que supone, teóricamente, lista 6ª ... con sus ITB's cada dos años y toda la pesca, pero como no está previsto el supuesto en ninguna parte, las capitanías no tienen muy claro lo que hacer. En el caso que os comento, precisamente lo que hemos hecho en el escrito de alegaciones es plantear la necesidad de distinguir entre ambas actividades y de definirlas de un modo claro que permita establecer los requisitos legales para cada una de ellas.

En cuanto a lo que se dice de las banderas extranjeras, es una barbaridad, y lo es porque salvo que sean banderas extranjeras con registro comercial, en el caso de que por fin se decida considerar el alquiler para hospedaje como una actividad económica que requiere de inscripción en lista sexta, nos encontraríamos en la misma situación que con un barco español de lista sexta. Y os recuerdo que si tenéis un barco con registro comercial extranjero tenéis que cumplir no sólo la misma normativa que un barco de lista sexta, sino también la propia de la ley de bandera ... y pasar ITB de ambos estados, el de bandera y el nuestro.

En resumen, es un asunto que no está nada claro, de momento es una zona gris, pero antes o después se regulará, ya sea mediante una norma específica o mediante resoluciones de DGMM sobre este tipo de casos como el que yo estoy defendiendo ahora para un cliente mío.

salud!!!
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ernex68 (26-03-2016), fende_testas (22-03-2016), topovespa (05-04-2016)