Por supuesto, una cosa es que el alquiler para hospedaje sea o no chárter, lo que está claro es que sí es una actividad económica sujeta a tributación ... la pregunta del millón es qué tributación, pues el chárter tributa a efectos de IVA al 21% y es tratado a prácticamente todos los efectos como actividad de transporte de personas, por eso mismo DGMM exige que se esté en posesión del seguro obligatorio de viajeros ... pero si lo considerásemos como alquiler turístico de vivienda, el IVA y el tratamiento fiscal sería otro ...
En fin, sí que hay un cierto vacío y bastante desconcierto sobre este punto.
Yo tengo clientes que practican esta actividad con barcos grandes, eso que se viene llamando "barco hotel" pero como normalmente lo combinan con salidas, lo tratan directamente como chárter y los barcos están despachados como tales. Las dudas surgen cuando estamos ante barcos que se alquilan de vez en cuando para hospedaje y con la condición de que no se utilicen para navegar ... vamos, eso que pasa en muchos puertos, se sabe .. y nadie hace nada.



salud!!!