Español Con Barco De Pabellón Portugués, Puedo Ir A España??
Está claro que si la DGMM que es el ente sancionador considera que está justificado no hay nada más que hablar 😅.
Leyendo el otro post al respecto considera que "el barco debe estar como mínimo un mes en España, demostrable, para justificar el pago del impuesto" y no desde que se hace el cambio de titularidad aunque no es eso lo que entendí en el texto.
No se si el Capitán Marítimo de otra zona distinta a la que el cofrade visitó estaría de acuerdo pero desde luego habiendo un precedente me pondría en contacto con el cofrade a ver si hace llegar la resolución y guárdala como oro en paño. Si la GC te para y te sanciona siempre puedes usar el mismo recurso.
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