Re: Proyecto Real Decreto de titulaciones náuticas
O sacas la formación básica (marinero de puente ) y con ello ya puedes llevar profesionalmente embarcaciones hasta 10 m y 12 pasajeros
2. Atribuciones:
a) Formar parte de la guardia de navegación, como vigía o timonel en los buques civiles con excepción de los buques pesqueros.
b) Manejar embarcaciones con fines comerciales de menos de 10 metros de eslora, siempre y cuando no transporten más de 12 pasajeros, operen exclusivamente dentro de aguas interiores y tengan una potencia adecuada a la embarcación. Para ello deberán acreditar la realización de un período de embarque no inferior a 6 meses desempeñando servicios profesionales y siendo habilitados por los órganos periféricos de la Dirección General de la Marina Mercante.
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