Ver mensaje
  #2  
Antiguo 03-04-2016, 16:33
Avatar de whitecast
whitecast whitecast esta desconectado
Expulsado
 
Registrado: 21-11-2007
Localización: Balears
Edad: 46
Mensajes: 3,379
Agradecimientos que ha otorgado: 1,346
Recibió 1,311 Agradecimientos en 761 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Proyecto Real Decreto de titulaciones náuticas

O sacas la formación básica (marinero de puente ) y con ello ya puedes llevar profesionalmente embarcaciones hasta 10 m y 12 pasajeros

2. Atribuciones:

a) Formar parte de la guardia de navegación, como vigía o timonel en los buques civiles con excepción de los buques pesqueros.

b) Manejar embarcaciones con fines comerciales de menos de 10 metros de eslora, siempre y cuando no transporten más de 12 pasajeros, operen exclusivamente dentro de aguas interiores y tengan una potencia adecuada a la embarcación. Para ello deberán acreditar la realización de un período de embarque no inferior a 6 meses desempeñando servicios profesionales y siendo habilitados por los órganos periféricos de la Dirección General de la Marina Mercante.
Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a whitecast
Porpablo (04-04-2016)