Cita:
Originalmente publicado por xplanero
Cófrade Markuay, como el cófrade LASER059 realiza una pregunta y hay un montón de respuestas, con franqueza, no se cual es la buena, es que por esa Taberna hay demasiados Licenciados en Derecho y cada uno tiene su propia opinión como es lógico, y yo soy mas de números, por eso ya comenté que "soy corto de miras", de todas formas las  que no falten. 
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La unica duda es si por unos dias le obligaran a pagar los impuestos que paga cualquier residente.
En el resto de cuestiones coincidimos porque estan bastante claras, un residente en españa puede abanderar su barco en cualquier pais europeo, eso si tiene que pagar en españa.
La ley parece que dice que si el barco esta mas de un mes en aguas españolas, hay que pagar.
Y eso es asi para cualquier bandera, la diferencia es que los que estan pasando a banderas extranjeras, mayoritariamente Holanda y Belgica, ya estan matriculados en españa y por lo tanto pagaron en su dia esos impuestos.
Por ejemplo, si compras un barco en Belgica, puedes dejarlo abanderado alli, pero hay que pasar por la caja de la hacienda española, pues es lo mismo pero en portugues, mientras no traigas el barco de Belgica a españa no pasa nada, pero en cuanto toques agua española, el tiempo empieza a contar porque eres residente español, si eres residente en otro pais la cosa no va contigo.

