Cita:
Originalmente publicado por PICÓN

Reitero mi pregunta, a ver si algún forero tiene una respuesta razonada y fundamentada:
Por lo que acabo de colgar hmás arriba MARPOL, anexo IV, Vertido de aguas sucias, el tanque de KK sólo es exigible a UNA EMBARCACIÓN DE RECREO si su capacidad es mayor de 15 plazas. Entonces: ¿la exigencia española de TANQUE DE kk PARA CUALQUIER ESLORA excede a la exigencia de MARPOL? Si un barco, de menos de 15 plazas, de determinada bandera no lo lleva porque su legislación no lo exige ¿es legal en aguas españolas?

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Yo no lo se, pero en cuanto a ser mas papistas que el Papa, la administracion española no tiene parangón, asi que me pongo en lo peor.

