En este enlace tienes la documentacion de la CHT respecto a este tema.
http://www.chtajo.es/Servicios/Trami...ponsables.aspx
En el se indican las limitaciones generales y las especificas para cada pantano o embalse de la CHT,
La eslora máxima permitida en toda la cuenca hidrográfica del Tajo para embarcaciones a vela y remo es de 9 m y
para embarcaciones a motor de 7 m. 6
Obligación de utilizar gasolina sin plomo y aceites biodegradables. 6
La potencia real máxima permitida en las aguas de la cuenca del Tajo es de 240 CV para embarcaciones fueraborda
e intra-borda, permitiéndose potencias superiores en intra-borda cuando se trata de embarcaciones
destinadas al esquí acuático. 6
6 Véase resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo de 30 de septiembre de 2005 de aprobación de limitaciones en cuanto a eslora,
potencias de las embarcaciones y tipo de gasolina, para toda la cuenca hidrográfica del Tajo y RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2014
modificando varias limitaciones de la anterior resolución (VER ANEXO IV)
A lo mejor puedes indicar que es para esqui acuatico de alguna forma.
Creo recordar que el unico embalse permitido a motor era el Pantano de San Juan, miratelo bien.