Una información interesante, muchas gracias
QUOTE=Apagapenol;1899474]Buena iniciativa, cofrade



Para tu información, en el Manual de Reglamentos sobre radiobalizas de COSPAS-SARSAT, aparece lo siguiente:
Francia:
- EPIRB obligatoria (al menos una) para embarcaciones de recreo de más de 24 m de eslora, y para las de menos de 24 m si se alejan más de 20 millas de la costa.
- PLB voluntarias en embarcaciones de recreo.
- Reconoce las activaciones de PLB's, tanto en ambiente marino como terrestre o aéreo.
España:
- EPIRB obligatoria (al menos una) para embarcaciones de recreo que se alejen más de 12 millas de la costa. Si se alejan menos de 25 millas, puede ser de activación manual.
- PLB permitidas sólo asociadas a una embarcación para la que no se exija EPIRB. El MMSI de dicha embarcación deberá estar programado en la PLB, que sólo se instalará en dicha embarcación.
- NO reconoce las activaciones de PLB's, excepto en ambiente marino, en las condiciones arriba citadas.
Saludos y

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