Re: Qué valor de compra pongo en el contrato??
Ten en cuenta que al valor del casco en tablas debes sumar el valor del motor y que sobre dicha cantidad debes aplicar el porcentaje a pagar, porcentaje que no es el mismo en todas las comunidades al tratarse de un impuesto transferido a las autonomías (También depende de si la eslora es mayor o menor de 8 metros). Ese valor es el mínimo que, en teoría, debes reseñar en la autoliquidación correspondiente pero, dicho esto, debes valorar la posibilidad de declarar un valor equidistante entre el valor de tablas y el valor del mercado. Hace cerca de cuatro años, un buen amigo declaró un valor igual al de tablas y a los dos años le llegó una liquidación paralela que, lógicamente, procedió a recurrir. El inspector en cuestión resolvió desestimatoriamente argumentando que, tras revisar exhaustivamente todos los anuncios, tanto de empresas como privados, de barcos de la misma edad y tipo, no había encontrado ninguno que ni siquiera se aproximara a la mitad del valor que se había declarado, si bien le dio la opción de acreditar mediante facturas las reparaciones de las supuestas averías o defectos que pudiese haber tenido el barco y que hubiese justificado el menor valor declarado de compra.
LLegado a este punto solo le quedaba reponer y acabar en un contencioso administrativo que probablemente ganaría. Tras valorar el tiempo y la salud que iba a invertir en ello, consiguió llegar a una solución intermedia aceptando una paralela de menor cuantía que la inicial.
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