Cita:
Originalmente publicado por LSV
La ley actual dice que todo navegante español en España tiene que tener un título de navegación adecuado.
Independientemente de la bandera del barco.
La propiedad hay que cofirmarla siempre, seas extranjero o no.
Y el seguro, en este caso no es por que te puedas hacer daño sino por tu responsabilidad si haces daño a algo o a alguien en aguas españolas.
En muchos puertos, supongo que en todos, si no tienes seguro no entra tu barco, porque pueden tener que cubrirlo ellos con el suyo.
El impuesto especial en mi caso no hace falta, porque es un barco que se compró nuevo en España y con bandera española así que el IVA se pagó íntegro en España.
Así que yo no tengo ese papel, si hiciera falta mostraría la factura original y los datos de la anterior matrícula española.
  
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pero eso, "en España"... fuera de las 12 millas, ya no se aplica la ley española, sino la del país en el que el barco esté abanderado.