Cita:
Originalmente publicado por lamobilete
Todo el mundo habla de multas de 3000 euros, pero yo jamás he visto a alguien que haya dicho "a mi me han puesto 3000 euros por tal cosa" . Creo que es una leyenda urbana
Yo me la jugaría sin duda
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Del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, artículo 307. Infracciones graves, apartado 2. Infracciones contra la seguridad marítima h):
Traspasar los capitanes, patrones u otro personal marítimo los límites de atribuciones que correspondan a la titulación profesional o de recreo que posean (...)
Sanciones. De la misma norma, artículo 312. 2 b):
En las infracciones contra la seguridad marítima, multa de hasta 180.000 euros.
Pues es lo que hay.
Fuente:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-16467
