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Originalmente publicado por Parazoa
Hola
Gracias  , aunque la idea era buena, si el cofrade lleva bandera española, los Matsutec no están homologados  . O sea que se tendrá que "guardar" el doble (o casi) para un transponder Camino 108, que se encuentran alrededor de los 480€ en cualquier náutica del territorio patrio...
Saludos y 
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Pues en la pagina de la DGMM dice esto (lo copipego)
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La licencia de estación de barco es el documento acreditativo de que un barco puede utilizar los equipos transmisores de radiocomunicaciones instalados a bordo.
De acuerdo al artículo 7 del Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, todos los buques españoles que dispongan de algún equipo transmisor de radiocomunicaciones de uso marítimo, ya sea de uso obligatorio o instalación voluntaria, deben disponer de la licencia de estación de barco.
La licencia de estación de barco ampara únicamente a los equipos transmisores de radiocomunicaciones incluidos en la misma.
La disponibilidad de licencia no se aplica a las embarcaciones de recreo que naveguen por las zonas 4 a 7, salvo que de manera voluntaria instalen una radiobaliza por satélite o un equipo fijo con llamada selectiva digital.
La licencia debe ser renovada cuando varíen cualquiera de los datos incluidos en la misma.
Las licencias de estación de barco deben ser solicitadas a la Dirección General de la Marina Mercante para buques iguales o mayores a 24 metros, y a las Capitanías Marítimas cuando se trate de buques menores de esta eslora.
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O sea que un barco en zona 4, o inferior, solo debe tener LEB si instala voluntariamente (voluntariamente porque no lo necesita) una radiobaliza o una radio con LSD. Por tanto un barco en zona 4, que no instale radio LSD ni radiobaliza, nada le impide instalar un AIS emisor y no tener que registrarlo en ningun documento
Por tanto no hay una relacion entre tener LEB y tener AIS emisor. Y yo creo que la cosa es que el AIS es un equipo radioelectrico, sí, pero no de radiocomunicaciones, que es lo que se obliga a tener bajo licencia. Por eso los radares, que son emisores (y las sondas) no estan obligados a estar en la LEB, porque son equipos radiolectricos pero no de radiocomunicaciones
aqui la web de donde he extraido literalmente ese parrafo
http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_...ONES/LICENCIA/