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Antiguo 14-06-2016, 20:49
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Keith11 Keith11 esta desconectado
Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: ¿RADAR O AIS?una ayudita para decidirme

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Originalmente publicado por Parazoa Ver mensaje
Hola

Gracias , aunque la idea era buena, si el cofrade lleva bandera española, los Matsutec no están homologados . O sea que se tendrá que "guardar" el doble (o casi) para un transponder Camino 108, que se encuentran alrededor de los 480€ en cualquier náutica del territorio patrio...

Saludos y
Pues en la pagina de la DGMM dice esto (lo copipego)

[i]La licencia de estación de barco es el documento acreditativo de que un barco puede utilizar los equipos transmisores de radiocomunicaciones instalados a bordo.

De acuerdo al artículo 7 del Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, todos los buques españoles que dispongan de algún equipo transmisor de radiocomunicaciones de uso marítimo, ya sea de uso obligatorio o instalación voluntaria, deben disponer de la licencia de estación de barco.

La licencia de estación de barco ampara únicamente a los equipos transmisores de radiocomunicaciones incluidos en la misma.

La disponibilidad de licencia no se aplica a las embarcaciones de recreo que naveguen por las zonas 4 a 7, salvo que de manera voluntaria instalen una radiobaliza por satélite o un equipo fijo con llamada selectiva digital.

La licencia debe ser renovada cuando varíen cualquiera de los datos incluidos en la misma.

Las licencias de estación de barco deben ser solicitadas a la Dirección General de la Marina Mercante para buques iguales o mayores a 24 metros, y a las Capitanías Marítimas cuando se trate de buques menores de esta eslora.
[/I

O sea que un barco en zona 4, o inferior, solo debe tener LEB si instala voluntariamente (voluntariamente porque no lo necesita) una radiobaliza o una radio con LSD. Por tanto un barco en zona 4, que no instale radio LSD ni radiobaliza, nada le impide instalar un AIS emisor y no tener que registrarlo en ningun documento

Por tanto no hay una relacion entre tener LEB y tener AIS emisor. Y yo creo que la cosa es que el AIS es un equipo radioelectrico, sí, pero no de radiocomunicaciones, que es lo que se obliga a tener bajo licencia. Por eso los radares, que son emisores (y las sondas) no estan obligados a estar en la LEB, porque son equipos radiolectricos pero no de radiocomunicaciones

aqui la web de donde he extraido literalmente ese parrafo

http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_...ONES/LICENCIA/
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Keith11
javib (14-06-2016)