Re: Titulo Licencia Navegacion
tal y como se ve en el dibujo, es lo que desde el principio he querido hacer ver,
si donde termina el limite de las 2 millas del puerto de salida "no" se solapa con el siguiente limite de las 2 millas del proximo puerto o marina o abrigo, no puede o no debe navegar, fijense bien que se tiene que "estar" pegedo a la costa, para que se cumpla esta condicion, si en el punto de interseccion de las dos semi-circunferencias, que esten justo a 2 millas una embarcacion, se abre perpendicular a ese punto de la costa, 100 metros, ya está a mas de 2 millas,y ya está ilegal, pues si esa navegacion se permitiera, ya seria navegar en una linea paralela a la costa, y la travesia que propone el compañero esas "continuidades hasta llegar a " sa riera " no se dan hay más de 2 millas de un punto a otro,
lo que comenta otro cofrade, que hay embarcaciones que se pueden llevar "sin titulo" ya lo sabemos, pero esa cuestion del titulo no es lo que se debate, es la distancia de un punto a otro, que da lo mismo que lleves licencia o no lleves nada,
el problema es exactamente el mismo para un PNB con la limitacion de las 5 millas, zona 5 en las mismas condiciones de zona 6
saludos y buen verano
lo de las cervezas sigue en pie," faltaria más, " a dia de hoy estoy en Cadaqués
Editado por pepe17 en 07-07-2016 a las 20:53.
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