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Antiguo 20-07-2016, 08:19
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Pirata
 
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Predeterminado Re: de libreta de marino y PPER pregunta.

A ver, creo que confundís y mezcláis conceptos:

La libreta marítima es el documento identificativo del marino; para obtenerla ya os he dicho los requisitos y la página de la DGMM para que podáis meter "el dedo en la llaga". Con ese documento ya eres "gente de mar" y os da derecho a solicitar los cursos en el ISM, que es lo que preguntabas e, incluso, utilizar todos los servicios de las casas del mar, como es el hospedaje. El documento, junto con el apto para el embarque, te permite embarcarte en un buque/embarcación con tripulación profesional.
Otra cosa es en calidad de qué te vas a embarcar; evidentemente para embarcarse de primer oficial tendrás que tener la titulación profesional correspondiente y los certificados de especialidad que te exiga la normativa. Lo mismo para la sección de máquinas, etc. A lo mejor para ser cocinero sólo te piden la libreta y el manipulador de alimentos -lo desconozco-.

En el caso del PPER -y todo eso lo podéis encontrar en la página de la DGMM- es un certificado de especialidad que permite el gobiero de embarcaciones de lista 6ª y 7ª a no más de 60 millas de la costa, 12 personas y hasta 24 m. de eslora y ejercer de instructor de prácticas de LN, PNB y PER.
Se solicita en las Capitanías Marítimas junto con los 6 certificados de especialidad de marras, el examen aprobado, la declaración responsable de haber navegado 2500 M., el título de Capitán de Yate -o la titulación profesional correspondiente- y el pago de la tasa.
Y hasta dentro de 5 años.

Saludos y
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