
Pues yo tampoco he encontrado nada al respecto de la prohibición de dar remolque,pero buscando sobre el tema he encontrado boletín del gobierno Balear donde en su punto 9 sobre reglas generales de navegación y seguridad marítima dice:
9.- Toda embarcación y artefacto naval que entre, salga o transite por un puerto procurará hacerlo con propulsión mecánica. Aquellas que no dispongan de propulsión mecánica procurarán realizar esta navegación remolcados por una embarcación a propulsión mecánica. Las motos náuticas tienen prohibida la navegación dentro de los recintos portuarios, salvo puertos deportivos.
por lo cual supongo( uffff,creia,suponia,pensaba son palabras que no me gustan nada

)) que no solo no esta prohibido sino que recomiendan que asi se haga.
dejo aquí el documento por si alguien quiere hecharle un vistazo.
http://www.caib.es/eboibfront/es/201...ridad-maritima.
Saludos.