Re: Multas en Naútica de recreo.
Creo que aparecía algo en la ley de auxilios y salvamentos, pero no lo recuerdo. No es fácil "navegar" entre tanta legislación que a veces se contradice.
Lo único que se debería hacer en caso de remolque es comunicar a salvamento lo que está sucediendo y que podemos (y estamos capacitados) para dar el remolque.
Normalmente no te pondrán pegas y además hasta te pueden "abrir paso" entrando a puerto.
Un saludo.
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