Entiendo que si el barco con bandera extranjera lo compra un español residente en España a un particular está exento de IVA, pero tiene que pagar el Impuesto Especial sobre Circulación de Medios de Transportes al navegar por aguas españolas. En todo caso, dirígete a la Agencia Tributaria para evitar sustos luego con la patrullera de Aduanas y con la de la Guardia Civil, que esos no dan puntada sin hilo cuando te paran, y luego ve a reclamarle al maestro armero.
