Cita:
Originalmente publicado por serjioko
Hola si haces un seguro a todo riesgo tienes que declarar el valor del barco nuevo. En caso de siniestro total te pagaran a valor venal(si el barco no es nuevo). pero si es un siniestro parcial se repone a valor a nuevo. Vamos te ponen las cosas nuevas..(por esto es por lo que hay que declarar el valor del barco nuevo)
El valor Pactado yo recomiendo leer la letra pequeña, porque ya he visto alguna cláusula en contra de esto..
En cambio si aseguras por perdida total, declaras al hacer el seguro el precio real de barco en ese momento y en caso de siniestro total te pagaran a valor venal o real en el mejor de los casos..
Saludos!
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Tienes que declarar SIEMPRE el valor del bien. Tu aseguras un barco de 20 años y tienes que poner lo que vale ahora no lo que valia hace 20 años.
Estas mezclando valor a nuevo y valor de reposicion.
Valor a nuevo es lo que vale nuevo,valor de reposicion es lo que vale la pieza siniestrada
Asegurarlo a perdida total es una garantia. La indemnizacion se calcula de la misma manera para una garantia de perdida total que para un todo riesgo. Otra cosa es que si el valor del siniestro supere el75% del valor del barco sea declarado perdida total
Un saludo