Re: Capitan de yate - Atribuciones
De regreso a la cuestión inicial, sobre atribuciones de CY a bordo de un BUQUE DE RECREO, creo recordar que un BUQUE requiere una tripulación profesional descrita en la dotación mínima.... y no creo que mencione un CY. ver si alguno arroja luz al asunto...
Independientemente de tener el titulo de CY antes de la nueva ley 2015
Saludos
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