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Antiguo 17-01-2008, 22:44
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Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: Peligros de un Seguro de Embarcación de Recreo en España.

Amigo Donquijote

Antes que nada, he de felicitarte por tu perseverancia en la reclamación ya que la tienes en la mitad de los foros náuticos y jurídicos de esta parte del hemisferio: cunao: :




http://www.ciao.es/Arag_Defensa_Juri...recreo__721062

http://80.34.125.99/phpBB2/viewtopic...0b6e8244b391ff

http://www.forojuridico.com/modules/...id=179&forum=2

http://www.marviva.org/chs-bin/msboa...=56462&DOC=631



En efecto, y como vienes comprobando es muy poco probable que una entidad aseguradora acceda a tu pretensión de arbitraje por la J.A.C, (no se trata de una materia que se preste especialmente a este tipo de mediación), pero permíteme dudar, aunque así fuera, que la tramitación del expediente resultase tan rápida y barata como parece que piensas.

No obstante, y en materia de Seguros dispones de instrumentos no judiciales que pueden ser muy eficaces además de gratuitos (ojo, no se van a meter "a fondo" en el pleito, pero sí sancionar si se ha producido un incumplimiento contractual o se ha actuado de forma contraria a la Ley ); el primero de ellos es dirigir tu reclamación al "Defensor del Asegurado" de la propia Compañía; el segundo, y siempre en este ámbito es cursar tu reclamación ante la Dirección General de Seguros. (permíteme que no me enrolle sobre la forma y efectos de estas reclamaciones).

El tercero y si la cuestión estriba en discrepancias sobre el valor del bien o de la reparación es acudir al sistema de designación unilateral de Perito prevista en el art 38 de la Ley de Contrato de Seguro, en la que tampoco me extiendo.

Y ya en vía judicial ,que no es tan lenta, ni tan ineficaz, ni favorecedora para las Compañías - Aquí es donde van a empezar a lloverme h****ias - , cuentas además con dos instrumentos adicionales, puesto que si tu reclamación prospera íntegramente deberán pagarte las costas del juicio, y si el Juez estima que la Cía incurrió en mora impondrá los intereses especiales del art 20 LCS (, simplificando, interés legal + 50% durante los dos pirmeros años y 20% a partir del 2º)

En resúmen, extraigo de tu carta que los problemas que has tenido se dividen en tres "familias"
A).- Deficiente prestación de los servicios contratados,
b).- Posible incumplimiento de algunas cláusulas o desatención de garantías pactadas en póliza,
C).- Discrepancia en la valoración de los bienes o daños.

Y mi consejo:

a).- Sistematiza cuales son tus reclamaciones concretas. Valora y cuantifica "al céntimo" tus pretensiones.

b).- Acopia todos los documentos que tengas, y si es necesario acude a un Perito.

c).- ASESORATE profesionalmente para actuar de forma pronta y eficaz, (vamos, que vayas a un Abogado especialista ) porque el tema es delicado . con toda mi consideración me parece que lo que estás haciendo hasta ahora, y como dicen en mi pueblo es .."poner la borrica al fresco".

Perdón por el rollo, destruye este post (pues negaré ante la Biblia haberlo escrito), y mucha suerte.
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