Cervezas para todos de mi parte...


Un cambio o permuta es una operacion onerosa y como tal (si son particulares) sujeta al Impuesto sobre transmisiones Patrimoniales y Actos Juridicos Documentados y están obligados al pago los dos intervinentes.
Se considera que cada uno adquiere (al menos) por el valor del barco que entrega y, en su caso, adicionado por el dinero que entregue en el supuesto de que los dos barcos no sean de identico valor.

pagar pagar y pagar! Y no como en esta taberna....
je je je
