Ver mensaje
  #16  
Antiguo 22-09-2016, 12:59
Avatar de markuay
markuay markuay esta desconectado
Fogonero del Titanic
 
Registrado: 29-10-2006
Localización: Valencia-castellon
Mensajes: 12,936
Agradecimientos que ha otorgado: 3,456
Recibió 8,145 Agradecimientos en 4,363 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Tablas de valoraciones de barcos usados

sacado de fomento, comunidad valenciana;

* BASE IMPONIBLE
La base imponible del impuesto está constituida por el valor real del vehículo.
En el caso de que el valor declarado sea el de compra y éste sea inferior al resultante de la aplicación de las tablas de precios medios fijados anualmente por el Ministerio de Economía y Hacienda, la Administración podrá proceder a la comprobación del valor declarado girando la liquidación complementaria que corresponda.
Podrá conocer el valor oficial del vehículo según las tablas aprobadas por el Ministro de Economía y Hacienda.
En las transmisiones realizadas mediante subasta pública, notarial, judicial o administrativa, servirá de base el valor de adquisición. (esto podria ser este caso, puesto que un notario valoró el barco en la particion de una herencia hace menos de dos años en 2000 €.)

B) En el caso de adquisición de embarcaciones de recreo con más de 8 metros de eslora o con un valor igual o superior a 20.000 euros, incluidos los vehículos calificados como históricos, la cantidad a pagar se determina aplicando sobre la base el tipo de gravamen del 8%.
En todo caso, los vehículos históricos que sean considerados antigüedades, de acuerdo con el artículo 19.Dos de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, tributan al 8%.

C) En las demás transmisiones de vehículos, la cantidad a pagar se determina aplicando sobre la base el tipo de gravamen del 6%."


__________________
.

Slava Ukrayini!.
Citar y responder