Cita:
Originalmente publicado por tarifafun
Indudablemente tienes que pagar el impuesto de matrícula, si lo tienes mas de 183 días consecutivos en un puerto español. Da igual que tenga pabellón belga o holandés.
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Tendrás que liquidar el IEDMT por eslora superior a 8 mts y por ser utilizado por un RESIDENTE español en AGUAS ESPAÑOLAS. Lo de los 183 dias es indiferente. Si fueras residente de cualquier otro país de la UE no tendrías porque liquidarlo aunque estuviera aqui la embarcación los 365 dias. Y si tu interés fuera tenerlo permanentemente fuera de aguas españolas, tampoco.
Tambien deberás liquidar el ITP en la hacienda de tu comunidad autonoma.
Saludos