Cita:
Originalmente publicado por GNA1950
Buenos días:
El actual programa de PER recoge lo siguiente:
10.6 Aguja náutica. - Descripción sucinta de la aguja náutica. Instalación, perturbaciones. - Definición del desvío de la aguja. - Concepto de la tablilla de desvíos.
por lo tanto me gustaría saber el motivo por el cual se cuestiona.
Diferente es, por ejemplo la pregunta 12, ya que en aplicación de
La regla 33 (Capitulo V del convenio SOLA),donde se regulan las situaciones de socorro, dice de una forma clara y concisa:
El capitán de todo buque que estando en condición de prestar ayuda reciba una información, de la fuente que sea, al efecto de que hay personas siniestradas en la mar, estará obligado a acudir a toda máquina en su auxilio, informando a éstas de ello o al servicio de búsqueda y salvamento
por lo tanto esa "obligación" de la respuesta a) quedará condicionada a que se encuentre en condiciones de poder realizarla.
O la pregunta 19, la cual no corresponde al RIPA sino a legislación (concretamente a los Reglamento de la Policía de Puertos).
Saludos
Guillermo
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Porque la tablilla esta mal confeccionada , ya que dice Ra y no es lo correcto en tal caso seria Rm .
El punto que señalas es el 10.6 que pertenece a
teoria de la navegacion... no a navegacion carta que dice :
11.3
Corrección total.
- Cálculo de la corrección total a partir de una enfilación u
oposición.
- Cálculo de la corrección total a partir del desvío y la declinación
magnética (dato aportado u obtenido de la carta)
Creo que no pone tablilla en navegacion carta.
Un saludo .