duda atribuciones
muy buenas a tod@s;
no se si esto estará bien encajado aquí o no pero ahí va.
He estado mirando las atribuciones del PPER y la verdad me han surgido algunas dudas.
según he leído las atribuciones son: Gobierno de embarcaciones matriculadas en lista sexta o séptima, siempre y cuando no haya más de 12 personas embarcadas, incluida la tripulación, en embarcaciones de recreo de eslora igual o inferior a 24 metros, a lo largo de la costa española y dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 60 millas paralela a la misma.
las cuestiones que se me presentan son las siguientes:
*¿podría trabajar profesionalmente como capitán/patrón de un buque de recreo de 36 metros abanderado en España (máximas personas a bordo 12)?
*¿podría estar al mando de un buque/o embarcación de recreo abanderado en otro país?
en todo momento estoy hablando de embarcaciones en lista 7ª pero contratado como patrón/capitán.
gracias y saludos
|