LO que ocurre es que cualquiera que ponga un barco a nombre de una empresa y se deduzca los gastos si no lo está explotando comercialmente, está cometiendo directamente un fraude fiscal. DE entrada, no puedes deducirte los barcos de un lista 7ª, salvo en casos muy específicos y poco habituales.
El problema viene con los barcos de lista 6ª cuando nos hemos deducido el IVA y nos hemos acogido a la exención del IEDMT y nos hemos deducido el IVA ...Teóricamente, sólo podemos usar el barco para fines particulares después de cuatro años de actividad comercial, y entonces, viene el tema de que hay gastos que nos son deducibles y otros que sí, salvo que el barco siga siendo utilizado exclusivamente para fines comerciales. Una vez transcurridos esos cuatro años, lo podemos pasar a lista 7 sin pagar el IEDMT ... pero entonces queda el "detalle" del IVA,
Resumiendo, es un tema complejo, a veces parece que, cuando lanzan estas campañas, ni se han enterado de la realidad y lo que hacen es lanzar un mensaje en plan "tranquilos, que vamos a por los ricos, les haremos pagar hasta el último céntimo" ... o algo por el estilo....
En Baleares tienen montada una campaña de revisión de declaraciones de ITP de los últimos cuatro ejercicios .. y así ....
Así que, parafraseando el título de uno de mis artículos en Gaceta Náutica .... ¡Cuerpo a tierra!!



salud!!!