Re: Gastos compra de barco UE
Intentaré aclarar todos los puntos:
- Si el barco tiene bandera belga/holandesa ni lo toques. Cambio de titular y listo.
- Si tiene bandera de cualquier otro país y puedes mantenerla (algunos paises requieren que el propietario sea residente) la mantienes, y si no la pasas a belga/holandesa.
- Y sea cual sea la bandera, nunca nunca nunca pasar a bandera española... o te arrepentirás.
- Sea la bandera que sea, deberás pagar el ITP (impuesto de transmisiones patrimoniales) aunque la compra se realice en otro país. Si no lo traes a España puedes escapar, aunque si eres residente en España tienes obligación de declarar la compra de cualquier bien en el extranjero y pagar el correspondiente impuesto.
- En algunas comunidades (por ej. Canarias), al estar sujetas a un régimen fiscal diferente, deberás pagar también el impuesto de importación.
- Respecto las tasas:
T0 - Tasa por la utilización del servicio de señalización marítima: exentos los veleros menores de 12m y motoras menores de 9m.
T5 - Tasa por la utilización de las aguas de servicio del puerto:
sólo aplicable a marinas ubicadas en el interior de puertos.
- Las marinas ubicadas fuera de puertos citados no están sujetas a T5. Estas marinas tampoco suelen gestionar la T0, que debe abonar el sujeto pasivo. Y aunque normalmente nadie la paga, cuando necesite alguna gestión de la Capitanía Marítima le van a requerir el pago de los últimos 4 años. Claro que si tiene bandera extranjera para qué va a ir a Capitanía ...

__________________
"Si no sabes hacia donde se dirige tu barco, ningún viento te será favorable."
Editado por eborges_tfe en 30-11-2016 a las 13:02.
|