Abrigo se entiende por sitio donde te puedas refugiar, una playa accesible, una darsena, puerto o accidente natural que ofrezca proteccion.
No puedes navegar paralelo a la costa si es por ejemplo rocosa e inaccesible.Eso queda para los PER.
Entre las titulaciones y la zona autorizada del barco, siempre te limita la de menor rango, (puedes tener un barco para zona 1, pero si eres PER, solo podras navegar hasta las 12 millas paralelas a la costa), o en el caso contrario, (puedes ser CY pero si tu barco esta autorizado para zona5 solo podras salir hasta las 5 millas de un puerto, brigo o playa accesible).
Esto cambia si se abandera en Holanda o Belgica porque entonces las caracteristicas del barco dejan de regirse por zonas administratibas y pasan a hacerlo por caracteristicas constructivas, algo que parece mas logico.

