Cita:
Originalmente publicado por Garota
Puedes poner la embarcación a nombre de tu empresa, esto no es ningún problema.
El problema lo puedes tener si los gastos que produzca los paga la empresa sin justificar que el uso de la embarcación está relacionado con el objeto de la empresa, entonces la Agencia Tributaria te dirá que tururú, y te costará unos buenos dinerillos

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Con eso estoy de acuerdo.
El cófrade aporta el valor del barco, se supone que tasado, a la sociedad, como quien aporta EUROS, y todos los gastos corren por su cuenta, la depreciación del bien es un tema que tienen que negociar los 2 socios
