Si la sentencia fuera estimatoria, habría que ver si la agencia tributaria les investiga por no declara los pagos en especie de los últimos 4 años.
Si fuera desestimatoria, habría que reclamarles los pagos atrasados de las tasas, hasta la fecha de prescripción más los intereses.
Si esto es una practica habitual en otros puertos, no debería dejarse pasar como si nada.

