BOE Jueves 11 de febrero de 2016
Resolución de 27 de enero de 2016, de la Dirección General de la Marina
Mercante, por la que se establece el procedimiento para la obtención del
certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo.
Primero. Procedimiento de expedición y de revalidación del certificado de especialidad
de patrón profesional de embarcaciones de recreo.
"El Certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo será
expedido por la Dirección General de la Marina Mercante, directamente o a través de sus
servicios periféricos, de acuerdo con el modelo del Anexo I, a aquellos que cumpliendo con
uno de los siguientes requisitos presenten la siguiente documentación:
1. Titulados profesionales de la Marina Mercante (Capitán de la marina mercante,
Piloto de primera de la marina mercante, Piloto de segunda de la marina mercante, Patrón
de altura, Patrón de litoral, Patrón mayor de cabotaje y
Patrón de cabotaje)"
