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Antiguo 20-01-2017, 14:21
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Predeterminado Re: Comprar barco en Francia, traer a Canarias (impuestos)

Cita:
Originalmente publicado por Fuerza 7 Ver mensaje
Pues ya te digo que

Lo primero, antes de tratar de interpretar una ley hay que tener experiencia al menos algo veamos:

Cita:
Ya empezamos faltando...
d) Estará sujeta al impuesto la circulación o utilización en España de los medios de transporte a que se refieren los apartados anteriores, cuando no se haya solicitado su matriculación definitiva en España conforme a lo previsto en la disposición adicional primera, dentro del plazo de los 30 días siguientes al inicio de su utilización en España.

Es decir la sujección al impuesto NACE en este apartado:

1º Cuando no se haya solicitado la matriculación en España, es decir el belga que vive como residente aqui, lo compra para llevarselo fuera, pero como no solicita matriculacion definitiva en España ESTA SUJETO AL IMPUESTO? SI.

2º (pero aclara la ley) Se es sujeto del impuesto Si no se ha solicitado dicha matriculación definitiva en España dentro del plazo de los 30 días siguientes a su utilización en España...

BIEN hay que determinar como se define Utilización de un bien en España,
y aqui también te equivocas al decir que "...mientras no permanezca en aguas españolas mas de 30 dias..." no White, no puede permanecer no mas de 30 días, no puede permanecer NI UN DIA en el agua,

Cita:
Esto te lo acabas de inventar porque no hay ninguna definición legal de utilización y si me equivoco pues cítame la normativa donde está definida la utilización e una embarcación como el día que se pone en el agua

el barco es un bien destinado a su uso en el agua, en cuanto el barco se bota, comienza su utilización, es decir, si es residente belga en España compra un barco YA ES SUJETO DEL IMPUESTO,

[QUOTE]Que nooooooooooo el devengo se produce cuando se realiza el hecho imponible que viene definido en la ley , hecho imponible es primera matriculación en España, circulación o utilización después del plazo de 30-60 días y el cambio de condiciones que suponen la exención o no sujección dentro del plazo de 4 años. NO HABLA EN NINGÚN MOMENTO DE RESIDENCIA
por razon de residencia, y se perfecciona su sujección al mismo en el exacto momento en que el barco es botado al agua
Cita:
eso es tu interpretación de la ley que no tiene porqué ser cierta
por lo que Withe no tienes razon, la única manera de que este Belga no fuera sujeto del impuesto es que el Barco lo comprara y lo subiera en un camion y se lo llevara sin ponerlo en el agua fuera del pais, antes de 30 dias, ese es el único caso en el que no sería sujeto del impuesto...en cuanto pusiera el barco en el agua ya tendria que pagarlo...
Cita:
dónde pone en la ley que si va en camión está sujeto y si va por mar no
Te gusta rizar el rizo, White, hablo de un belga residente en España, y aclaro que residente es que RESIDE en España en su acepción mas amplia, que es la que la ley determina, hablas impropiamente al decir residencia Fiscal, pues no se determina en la ley que sea residencia fiscal, la ley habla de residencia en sentido de residencia Legal, es decír, RESIDIR EMPADRONADO EN ALGUN MUNICIPIO ESPAÑOL, lo cual no es incompatible con tener la residencia fiscal en otro pais.

No he indicado residencia a efectos fiscales, ya que la Ley se refiere a residencia en su acepción mas amplia, por lo abundado, yo puedo tener mi residencia Legal en España y la Fiscal en otro pais, simplemente porque mi actividad económica la desarrollo en este tercer pais y vivo habitualmente en otro. Por lo que el impuesto se paga si o si.

El inicio de la utilización de una embarcación, es inmediatamente despues de su botadura en aguas Españolas, estoy en un foro donde hablamos entre cofrades, si tengo que desplegar mi conocimiento jurídico y practico como letrado,
Cita:
tampoco hace falta que me cuentes tu vida ya que nadie te ha preguntado
sería harto cansino por lo que que hablo en los supuestos mas habituales y de una manera generica, aunque tu te empeñes con tu corta y pega de la ley en pretender que no se de lo que hablo.

a esta ronda invito yo [/quote]


Editado por whitecast en 20-01-2017 a las 14:26.
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