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Predeterminado Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español

Qué tendrá que ver la guardia civil y sus atribuciones aquí?

Voy a analizar objetivamente la pregunta que ha realizado el cofrade y ver que consecuencias podría tener si cumple con lo recomendado en esta taberna

El cofrade jorgenorge pregunta:

Cita:
Pero entonces a ver que me quede claro,con el per habilitado a vela y con bandera belga y en zona 4 lista 7ª hasta las baleares desde Denia o desde motril a melilla.
El cofrade ponent muy acertadamente le responde

Cita:
La respuesta la tienes en la residencia. PER habilitado a vela o no, si eres español residente en España son 12 millas y punto.
En este supuesto la bandera belga no te va a ayudar
El cofrade Markuay a su vez dice la suya

Cita:

pero siempre puedes decir que has pasado por el estrecho porque una vez salgas de las 12 millas ya estas en aguas libres.
Veamos con la legislación vigente (no con conversaciones de barra de taberna) que preceptos legales infringe y a las sanciones que se podría enfrentar si sigue dichos "consejos"

Cita:
Real Decreto 875/2014
"Disposición adicional quinta. Exigencia de titulación para el gobierno de embarcaciones de recreo abanderadas en otros Estados.

1. Toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros Estados, que navegue por aguas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción deberá estar en posesión de una titulación que le habilite para realizar dicha navegación.
Y ahora veamos el procedimiento sancionador con las infracciones cometidas y sus sanciones

Cita:
RDL 2/2011 Ley de Puertos y de MM
Artículo 307. Infracciones graves.
2. Infracciones contra la seguridad y protección marítimas:

h) Traspasar los capitanes, patrones u otro personal marítimo los límites de atribuciones que correspondan a la titulación profesional o de recreo que posean, o contratar o permitir ejercer las funciones de capitán, patrón u oficial encargado de la guardia durante la navegación, a quienes no se encuentren en posesión de titulación suficiente que legalmente les habilite para ello, así como ejercer sin la referida titulación tales funciones.
Las multas puedes ir sobre los 2000-3000 € eso sin tener en cuenta el agravante por tratar de mentir a la autoridad como digas que has ido por Algeciras y se demuestre que no


Como veis mis respuesta la baso en legislación no en una circular que se envió al servicio de la guardia civil o un comentario en un hilo de la taberna.

La GC no es la única que te puede pedir los papeles, si tienes un problema y pides auxilio a SM y se demuestra que no llevas titulación adecuada para la zona te crujen (y además el seguro no se hará cargo), si te pilla aduanas te crujen, una patrullera de la armada, etc
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