Cita:
Originalmente publicado por whitecast
Bueno la mayor parte de las multas que he puesto son por no llevar título, no llevar seguro, no atender al ch.16,navegar en zona de baño, navegar de noche sin luces... no te vas a librar de ellas por llevar una bandera de conveniencia.

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Te vas a librar de todas las multas que tengan que ver con puertas adentro del barco es decir, equipamiento (no pueden multarte por nada que tenga que ver con pirotecnia ni equipamiento pues no se aplica la legislación española), tampoco te pueden multar por la zona de navegación, etc...ya que el barco no es territorio español por lo que dentro del barco no se puede aplicar la legislación española a excepcion de el requerimiento de titulación (solo dentro de aguas jurisdiccionales 12 millas).
Pero puedes ser multado aun con bandera extranjera, por no llevar el titulo requerido segun legislación de tu pais de residencia o de nacionalidad, por temas de Marpol, incumplimiento de legislación maritima internacional y nacional, en cuanto a zonas de navegacion prohibidas, respeto a señalizacion y balizamiento, luces, por utilizar incorrectamente la radio del barco, insultos utilización indebida de canales restringidos, asuntos de policia, contrabando, drogas, ...etc
Lo unico que elimina el tener abanderado el barco en Holanda o Belgica son los requerimientos de equipamiento, zonas de navegacion etc del barco, y que fuera de las 12 millas de aguas jurisdiccionales no te pueden multar si no es por asuntos de Marpol, policia o aduanas, ya que fuera de las 12 millas ya solo se aplican el convemar, solas, y normativa de aduanas y policia, contrabando etc...
Para el resto de lo mencionado si pueden multarte.
