Ante la duda surgida en el hilo referente a una clausula que le aparece al cofrade Marcos Montesier, me he puesto en contacto telefonico esta mañana con la compañia de seguros que tiene tante el cofrade como yo, exigiendo me aclararan el tema.
ademas de aclararmelo perfectamente por telefono, me han mandado un E-mail esto y ademas me llegara por escrito en los proximos dias, aunque en mi poliza no tengo esa clausula:
Buenos días Álvaro;
Con respecto al tema que hemos estado tratando del abanderamiento belga, la póliza dice lo siguiente:
En cualquier caso, todas las coberturas otorgadas por la presente póliza están condicionadas al mantenimiento en vigor del Certificado de Navegabilidad de la embarcación, así como a la aprobación de los reconocimientos técnicos y periódicos a los que legalmente está sujeta la misma; caso de no ser así, la cobertura no surtirá efecto y por consiguiente ningún siniestro será aceptado con cargo a esta póliza.
La Legislación Belga indica que los barcos dedicados a la náutica de recreo, sin fines comerciales, y que enarbolen el pabellón belga, las autoridades de Bélgica no le exigen pasar la conocida como ITB o Inspección Técnica de Buques y como Usted lo puede comprobar directamente en el apartado de navegación del gobierno belga: http://mobilit.belgium.be/fr/navigat...aisance/bateau
Por lo tanto si el barco tiene bandera belga se rige por esa legislación, lo que concuerda perfectamente con las condiciones de nuestras pólizas.
Espero haber sido de ayuda aclarando este tema, aún así si tiene cualquier otra consulta, estoy a su disposición.
Saludos cordiales
El nombre del responsable, asi como el logo de la empresa y mas datos no los muestro aqui por aquello de la publicidad.
Espero que sirva para aclarar las dudas de los cofrades.
Adjuntos 74244

