Cita:
Originalmente publicado por cajador
En líneas generales, y a la espera de la concreta plasmación normativa, la idea me parece lógica. Un barco, como cualquier otro patrimonio, debe sustentarse por su propietario y si el armador no puede o no quiere mantenerlo no es de recibo que el puerto y el resto de usuarios tengan que sufragar y soportar la situación. La idea parte de la concurrencia de la doble premisa del "abandono" y del impago de cuotas, siendo este último el criterio esencial ya que la concreta determinación de lo que se entiende por abandono pienso que tendrá una difícil concreción regulatoria teniendo en cuenta el concepto tan dispar que cada armador puede tener sobre el mantenimiento de su barco.
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Ojo, entiendo que no habla del impago de cuotas del puerto, sino de tasas administrativas, que obviamente van dentro de las cuotas mencionadas. El único pero que le veo es en el caso de que el amarre esté alquilado. En este caso puede ser que el arrendador esté al corriente de pago con el arrendatario pero que este último sea el que está en situación de impago.
Saludos