Cita:
Originalmente publicado por Bertie
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-16467
Art. 312.
Lo cachondo es que sólo se dividen entre sanciones leves, graves y muy graves, pero no especifica demasiado, así que parece que la cuantía de la multa es arbitraria dentro de cada categoría. Toma seguridad jurídica...
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Las sanciones son absolutamente desproporcionadas,arbitrarias y ademas defienden intereses alejados la seguridad marítima.
no brindo