Títulación náutica
En España, el Real Decreto 875/2014 que establece las titulaciones náuticos de recreo -disposición adicional quinta- establece:
“Toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros Estados, que navegue por aguas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción deberá estar en posesión de una titulación que le habilite para realizar dicha navegación.”
Esto implica que los
ciudadanos españoles (RESIDENTES LEGALES EN TERRITORIO ESPAÑOL) pueden ser armadores de barcos con bandera de Bélgica, siempre y cuando tengan un título náutico español: PNB, PER, Patrón de yate o Capitán de yate.
Equipos de seguridad
La balsa salvavidas no es obligatoria en Bélgica, aunque sí es recomendable, además de pasar las pertinentes revisiones
RECOMENDADAS POR EL FABRICANTE(nada que ver con la legislacion española)
Los barcos con bandera holandesa están exentos de pasar inspecciones de ITB. En cuanto a titulación, se exige lo mismo que en bandera de Bélgica -la titulación española correspondiente-. El equipo de seguridad se relaciona mínimamente, quedando la responsabilidad en el patrón. Y el precio de abanderar un barco en Bélgica u Holanda es muy similar.
(SI EL BARCO TIENE MAS DE 10 AÑOS)
Es importante llevar en regla el material de seguridad exigido por la administracion Belga, en caso contrario el seguro puede negarse, llegado el caso, ha hacer frente a sus responsabilidades en caso de siniestro.
Entonces, ¿en qué se diferencia la bandera holandesa de la bandera belga?
Hay varios aspectos que nos hacen recomendar que opten por la abanderar el barco en Bélgica:
En bandera holandesa la renovación de la documentación es cada 2 años.
En Bélgica es cada 5 años.
El abanderamiento en Belgica se registra en un organismo publico similar a las capitanias españolas, mientras que en Holanda simplemente consta en registro privado
Aunque el abanderamiento en Holanda se puede hacer sin tener la baja española, en caso de incidencia, accidente, sancion, etc, en caso de estar dado de alta en los dos paises a la vez supondria seguramente una fuerte sancion y el desentimiendo de cualquier responsabilidad por parte del seguro.
Ademas, en la actualidad y con la mejora en la tramitacion belga, se consigue el alta en el registro de Belgica en apenas 15-20 dias.
